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Respuestas rápidas sobre el contrato electrónico

¿Qué es un contrato electrónico?

Es un acuerdo jurídico aceptado por medios digitales (web, app, email). Tiene la misma validez que en papel si se identifica a las partes, hay consentimiento y se conservan evidencias.

¿Tiene validez legal en la UE (eIDAS)?

Sí. eIDAS reconoce los efectos jurídicos de la firma electrónica; la firma cualificada equivale a la manuscrita. Lo importante es elegir el nivel adecuado y guardar el expediente de evidencias.

¿Qué tipos de firma existen y cuándo usar cada una?

Simple: consentimientos y riesgo bajo.

Avanzada: más trazabilidad y control.

Cualificada: máximo nivel o exigencia normativa.

¿Cómo se firma un contrato electrónico (paso a paso)?
  1. Define el nivel de firma.
  2. Añade firmantes y verificaciones (OTP/certificado).
  3. Envía y automatiza recordatorios.
  4. Descarga el contrato y el expediente de evidencias.
¿Cómo integro la firma con mis sistemas (CRM/ERP/API)?

Puedes hacerlo vía API o conectores para lanzar envíos desde tu CRM, seguir estados y archivar evidencias sin salir del flujo.Si te ayuda verlo aplicado a tu stack, agenda una demo con nuestros expertos.

¿Qué debo guardar tras la firma?

El PDF firmado y el expediente de evidencias (sellado de tiempo, IP/logs, autenticaciones, hash, certificados) durante el plazo legal aplicable.

Sin lugar a dudas, el contrato electrónico es una pieza fundamental en el proceso de digitalización de cualquier empresa y, hoy en día, una herramienta imprescindible para la supervivencia del negocio.

Por ello, dedicamos este artículo a definir exactamente qué es un contrato electrónico, así como a analizar los distintos tipos de contratos electrónicos que pueden utilizarse en la práctica.

¿Qué es un contrato electrónico?

Un contrato electrónico es aquel contrato que se realiza o celebra por medios electrónicos.

Tiene todas las características básicas de un contrato tradicional, con algunas modificaciones. Por tanto, sigue siendo un acuerdo de voluntades mediante el que las partes firmantes se comprometen a cumplir lo expresamente pactado en dicho contrato.

En consecuencia, las diferencias entre ambos tipos de contratos son básicamente formales y estriban en las siguientes circunstancias:

Una vez definidos, veamos qué tipos de contratos electrónicos pueden existir en nuestro ordenamiento jurídico.

Tipos de contratos electrónicos

Existen diversos criterios que podemos utilizar para clasificar los distintos tipos de contratos electrónicos. De este modo, los más importantes son los siguientes:

Veámoslos en detalle en los siguientes apartados:

1. Contrato electrónico mercantil o de consumo

Como decíamos, para diferenciar estos dos tipos de contrato electrónico, tenemos que fijarnos en las partes que lo firman. Por tanto:

2. Contrato electrónico directo o indirecto

El criterio para diferenciar estos dos tipos de contrato electrónico es la forma en la que se ejecutan. De este modo, tenemos:

3. Contrato electrónico puro o mixto

Como decíamos, en función de la forma en que se manifiesta la voluntad de las partes, podemos distinguir entre:

4. Contratos electrónicos de entrega o de prestación

Este criterio de clasificación se basa en el objeto del contrato electrónico de que se trate. De este modo, podemos distinguir entre los dos tipos siguientes:

La validez jurídica de los contratos electrónicos

Sin duda, la validez jurídica de los contratos electrónicos ha sido, durante mucho tiempo, una de las cuestiones que más debates han originado en este ámbito.

Afortunadamente, a día de hoy, tanto las herramientas tecnológicas como el marco jurídico garantizan a todos los efectos la plena validez de este tipo de contratos.

En este sentido, ya desde la Ley 34/2002 del 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, se recoge su validez a efectos legales. Así, el artículo 23 de esta norma indica lo siguiente:

«Los contratos celebrados por vía electrónica producirán todos los efectos previstos por el ordenamiento jurídico, cuando concurran el consentimiento y los demás requisitos necesarios para su validez.»

De este modo, la pieza clave para garantizar que un contrato electrónico sea válido suele ser el consentimiento de las partes. Por tanto, probar que existe dicho consentimiento es esencial para la seguridad jurídica de todos los participantes.

Por tanto, es ahí donde intervienen las soluciones de firma electrónica, que permiten acreditar de forma fehaciente:

Solo así puede garantizarse la validez jurídica y el carácter plenamente vinculante de los contratos electrónicos.

¿Cuándo se entiende aceptado un contrato electrónico?

Como acabamos de ver,  probar que existe el consentimiento entre las dos partes de un contrato, ya sea en papel o en formato electrónico, es la clave para garantizar su validez.

Así, la firma electrónica del documento es la encargada de acreditar la identidad de las partes y su consentimiento y, por ende, la aceptación del mismo por parte de cada uno de los firmantes. En el momento en el que el documento quede firmado por todas las personas involucradas, podemos afirmar que el contrato electrónico ha sido aceptado. 

Firma más acuerdos con un contrato electrónico

Sin duda, el enorme desarrollo del comercio electrónico y la contratación digital de servicios exige a las empresas un cierto esfuerzo tecnológico y de adaptación si no quieren verse desplazadas en sus respectivos sectores.

En este sentido, tanto los consumidores o usuarios finales, como empresas y profesionales, se han acostumbrado ya a la inmediatez y comodidad de la contratación electrónica. Por tanto, si pides a tus clientes que se descarguen un documento para imprimirlo, firmarlo y remitirlo por correo postal, estarás en clara desventaja frente a un competidor que solo les exija firmar online un pdf. Ver como firmar un pdf con certificado digital

Afortunadamente, con soluciones de firma electrónica como las que ofrece Signaturit, este proceso puede incorporarse de forma rápida y sencilla, adaptándose fácilmente a las circunstancias de cada compañía.

«Con la solución de firma electrónic de Signaturit hemos conseguido agilizar nuestros procesos de negocio sin renunciar a las máximas garantías legales que una empresa de seguros necesita».

Jordi Rivera, CEO de DAS Seguros

En definitiva, el contrato electrónico se ha convertido ya en una pieza imprescindible para cualquier empresa que pretenda garantizar su supervivencia futura y crecer en un entorno cada vez más volcado en lo digital. De lo contrario, los efectos en su competitividad y crecimiento a medio y largo plazo pueden ser muy desfavorables.

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