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El control de las horas de trabajo es una cuestión que ha generado debate y distintas interpretaciones jurídicas en los tribunales españoles.
La mayoría de empresas en España no controlan las horas de trabajo de sus empleados, ya que su productividad se mide por objetivos. Tan sólo se controla la jornada de trabajo en algunos sectores industriales. A pesar de ello, a los tribunales les ha costado llegar a un acuerdo respecto a la necesidad de controlar las horas de trabajo en las empresas.
En este post te explicamos las novedades más recientes y te aclaramos si debes realizar o no el control de las horas de trabajo de tus empleados.
Control de las horas de trabajo: ¿sí o no?
La controversia respecto a este tema comenzó en 2013, cuando se promulgó un Real Decreto (RD-ley 16/2013 , de 20 de diciembre) que incorporaba al Estatuto de los Trabajadores la obligación de registrar a diario la jornada de trabajo de los empleados a tiempo parcial. La intención era la de allanar el camino hacia una mayor transparencia en la gestión de recursos humanos, con el objetivo de evitar el fraude en la realización de horas extras y procurar una correcta vigilancia, retribución y cotización de las mismas. De ahí en adelante, se produjo un goteo de sentencias a cargo de la Audiencia Nacional, que extendían esa obligación a todos los trabajadores, con independencia del tipo de contrato o de la realización o no de horas extraordinarias.|
Sentencias de la Audiencia Nacional sobre el registro de las horas de trabajo:
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¿Qué cambios establece en el control de las horas de trabajo la última sentencia del Tribunal Supremo?
A raíz de la sentencia de 23 de marzo de 2017 de la Sala IV del Tribunal Supremo, las empresas vuelven a estar exentas de controlar las horas de trabajo de todos sus empleados para comprobar el cumplimiento de su jornada de trabajo y de los horarios pactados.
«La obligación del empresario de anotar -registrar- se extiende solo a las horas extraordinarias realizadas», aclara la mencionada sentencia.
El Supremo anula por tanto la exigencia anterior de llevar un completo control de las horas de trabajo, cuya aplicación se consideraba poco práctica y había creado numerosos problemas en las empresas a la hora de llevarla a cabo.
Con el fallo del 23 de marzo de 2017 del Supremo volvemos a la situación anterior al debate abierto por las sentencias de la Audiencia Nacional mencionadas anteriormente.
La conclusión es que solo se debe registrar a diario la jornada de trabajo de los empleados a tiempo parcial y las horas extraordinarias realizadas del resto de la plantilla.
El Tribunal Supremo limita la obligación de anotación
a la horas extraordinarias y a la jornada de trabajo
de los empleados a tiempo parcial
¿Qué anotar en la plantilla de registro de jornada de trabajo?
En el registro de horas de trabajo deberán aparecer los siguientes datos:- Nombre de la empresa o autónomo que contrata con su NIF/CIF.
- Nombre del trabajador con NIF/NIE.
- Mes y año que corresponda.
- Todos los días del mes trabajado.
- Hora de entrada y salida por cada turno (mañana, tarde y noche).
- Total de horas ordinarias (de los empleados a tiempo parcial).
- Total de horas extraordinarias/ complementarias (trabajadores de jornada laboral ordinaria/trabajadores a tiempo parcial).
¿Cómo conseguir las firmas de las hojas de registro por parte de los trabajadores de forma rápida y legal?
A pesar de que hayamos vuelto a la situación anterior, para empresas con grandes plantillas, oficinas en varias autonomías o países, o empleados trabajando en remoto, contar con un registro de las jornadas de trabajo, perfeccionado con la firma de cada trabajador, sigue siendo complicado, costoso y lento.
Para solucionar este trámite, en Signaturit ofrecemos una solución de firma electrónica que permite enviar por email a cada empleado a tiempo parcial su hoja diaria con el detalle de horas trabajadas, para que pueda firmarla desde cualquier dispositivo.
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Para utilizar nuestra herramienta, los empleados no necesitan darse de alta en nuestra plataforma, ni descargar ninguna aplicación. Tan sólo necesitan un ordenador, tablet o móvil con acceso a internet.
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Las firmas realizadas con Signaturit son legales, y tienen validez jurídica en toda la Unión Europea. |
- los datos de tu empresa
- los datos de cada empleado
- la jornada de trabajo que se recoge en el contrato de cada empleado
- el detalle de las horas de entrada y salida a la empresa de cada empleado
- el desglose entre horas ordinarias y complementarias para los empleados a tiempo parcial
- las horas extraordinarias para el resto de trabajadores
- la firma del representante legal de la empresa
- la firma del empleado a modo de recibí