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El reglamento eIDAS (electronic IDentification, Authentication and trust Services) representa un hito fundamental en la digitalización europea, estableciendo un marco legal armonizado para los servicios de identificación electrónica, autenticación y confianza en toda la Unión Europea.
Es la base del mercado único digital para firma electrónica, sellos, sellos de tiempo, delivery certificado y otros servicios de confianza. En esta guía actualizada ponemos foco en qué cambia hoy: el estado de eIDAS 2, el European Digital Identity Wallet (EUDI Wallet) y cómo se articula la normativa eIDAS en España y el resto de Europa.
- Qué es: marco legal europeo para identificación electrónica y servicios de confianza (firma, sellos, sello de tiempo, entrega certificada).
- Para qué sirve: dar validez jurídica y interoperabilidad transfronteriza a las transacciones digitales.
- Hoy: eIDAS 2 impulsa el EUDI Wallet y refuerza la identidad digital europea.

¿Qué regula exactamente el Reglamento eIDAS?
El Reglamento eIDAS fija un marco común en la UE para: identificación electrónica de personas y empresas, servicios de confianza (firmas y sellos electrónicos, sellos de tiempo, electronic registered delivery) y requisitos para prestadores cualificados. El resultado: procesos digitales con validez legal equiparable a los presenciales en toda la Unión.
En efecto, el reglamento establece el documento electrónico como prueba legal, otorgando a las transacciones digitales la misma validez jurídica que los documentos en papel cuando cumplen con los requisitos establecidos.
Para profundizar en cada pieza, te puede interesar:
- Validez legal de la firma electrónica
- Firma electrónica avanzada: requisitos y evidencias
- Qué aporta la firma biométrica
Fechas clave y alcance en España y Europa
eIDAS se adoptó en 2014 y comenzó a aplicarse plenamente en 2016. Su ámbito es toda la UE y su objetivo es que un ciudadano o empresa pueda firmar y acreditarse digitalmente con la misma validez jurídica en cualquier Estado miembro. En España, su despliegue habilita tramitación electrónica ágil con garantías, tanto en sector público como privado.
Servicios de confianza bajo eIDAS
- Firma y sello electrónicos (simple, avanzada y cualificada).
- Sello de tiempo (evidencia fehaciente de fecha y hora).
- Entrega electrónica certificada (prueba de envío/recepción).
- Certificados para autenticación de sitios web.
Niveles de seguridad en el reglamento eIDAS
El reglamento eIDAS establece una clasificación clara de seguridad para los servicios de identificación electrónica, definiendo tres niveles de seguridad: bajo, sustancial y alto. Esta clasificación permite adaptar el nivel de protección según el tipo de transacción:
- Nivel bajo: Para operaciones de riesgo limitado que requieren autenticación básica
- Nivel sustancial: Para transacciones que necesitan un grado medio de confianza
- Nivel alto: Para operaciones críticas que requieren la máxima seguridad y confianza
Implicaciones prácticas para negocios y administraciones
- Interoperabilidad UE: menos fricción en procesos transfronterizos.
- Prueba reforzada: firmas y evidencias auditables que sostienen la validez jurídica.
- Experiencia de usuario: identidad y firma mobile-first, listas para integrarse en flujos self-service.
Beneficios del Reglamento eIDAS para las empresas
Además de su papel como marco legal europeo, el Reglamento eIDAS ofrece ventajas estratégicas para las empresas que realizan transacciones digitales. Cumplir con eIDAS 910/2014 no solo garantiza la validez legal de las firmas electrónicas en toda la UE, sino que también impulsa la eficiencia, la competitividad y la transformación digital.
Ventajas clave para las empresas
- Validez legal transfronteriza: cualquier firma electrónica cumple con la normativa entre Estados miembros.
- Reducción de costes operativos: ahorro en papel, mensajería, almacenamiento y trámites.
- Alta velocidad de gestión: los procesos digitales se completan en cuestión de minutos.
- Seguridad y confianza reforzadas: mediante certificados cualificados y trazabilidad. (Certificado digital cualificado según eIDAS 910/2014)
- Alineación normativa: adaptarse a la normativa eIDAS evita sanciones y anticipa futuras mejoras regulatorias.
Casos de uso por sector
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- Banca y seguros: firma de contratos y pólizas 100% digital.
- Inmobiliario: formalización de arrendamientos o compraventas sin desplazamientos.
- Recursos humanos: contratación y acuerdos firmados de forma remota y segura.
- Administración pública: tramitación electrónica con plena validez legal.
eIDAS 2 ya está en vigor — y esto es lo que aporta
La actualización normativa, conocida como eIDAS 2 (Reg. UE 2024/1183), entró en vigor el 20 de mayo de 2024. Esta versión introduce el EUDI Wallet, una billetera de identidad digital europea para vincular la identidad con atributos (por ejemplo, carnet de conducir o títulos) y usarlos de forma segura y verificable en servicios públicos y privados.
Es la identidad digital europea controlada por el ciudadano, interoperable en toda la UE — una oportunidad para empresas que ya cumplen con eIDAS, ya que podrán integrar más fácilmente este nuevo estándar de identificación y servicios de confianza.

¿Cómo garantiza Signaturit el cumplimiento de eIDAS?
Como proveedor europeo de servicios de confianza, nuestras soluciones de firma electrónica recogen evidencias técnicas (sellado de tiempo, IP, trazabilidad, certificación de entrega) que facilitan el cumplimiento de eIDAS (UE) 910/2014 y la defensa probatoria.
Habla con un experto para adaptar eIDAS 910/2014 a tus casos de uso y acelerar tus procesos de firma y onboarding digital.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué es el Reglamento eIDAS 910/2014?
Es la norma europea que regula la identificación electrónica y los servicios de confianza (firma, sellos, sello de tiempo, entrega certificada), con validez en todos los Estados miembros.
¿Qué aporta eIDAS 2 respecto a la versión original?
Refuerza el marco, amplía el alcance al sector privado y habilita el EUDI Wallet para gestionar identidad y atributos de forma segura en sistemas públicos y privados.
¿Cuándo empezó a aplicarse eIDAS y cuál es su ámbito?
Se adoptó en 2014 y se aplica plenamente desde 2016; su ámbito es toda la UE y fomenta la interoperabilidad jurídica y técnica entre países.
¿Cuál es la diferencia entre eIDAS y eIDAS 2?
eIDAS 2 es la actualización del reglamento original eIDAS 910/2014, en vigor desde mayo de 2024. Introduce la Identidad Digital Europea (EUDI Wallet), que permite a los ciudadanos y empresas identificarse y firmar digitalmente en toda la UE con un único medio, reforzando la interoperabilidad y la seguridad.
¿Qué tipos de firmas electrónicas reconoce el Reglamento eIDAS?
eIDAS distingue tres tipos de firma electrónica:
- Firma electrónica simple, válida para operaciones de bajo riesgo.
- Firma electrónica avanzada, que identifica al firmante y vincula la firma al documento.
- Firma electrónica cualificada, emitida por un prestador cualificado y con el mismo valor legal que una firma manuscrita en toda la UE.
En definitivo, para las empresas, cumplir con el reglamento eIDAS no es solo una obligación legal, sino una oportunidad estratégica para mejorar la eficiencia, reducir costes y expandirse por Europa con garantías jurídicas plenas.
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